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CONTRATOS

De acuerdo con nuestra legislación civil, contrato es el acuerdo de dos o más personas que produce o transfiere obligaciones y derechos. Es una especie del género convenio, que es el acuerdo para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones.

La promesa de contratar es un contrato por virtud del cual una o las dos partes se obligan a celebrar, dentro de un determinado plazo, un contrato futuro, de conformidad con los elementos esenciales que al efecto precisan.

La función económica del contrato es asegurar la celebración posterior de un determinado contrato cuando las circunstancias de la eventual operación impiden que tal contrato se realice de momento, por ejemplo, porque sea necesaria alguna autorización administrativa o judicial previa, porque se carezca de la documentación necesaria, porque no haya notario disponible, simplemente por falta de tiempo, etcétera.



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